martes, 29 de mayo de 2012

PERSONAS MORALES.

Las personas morales que
físicas, sujetos de derecho
diferencia de las personas físicas no tienen existencia material, ya que son seres ideales.
también reciben el nombre de personas jurídicas son, junto con las personas, esto es, entidades capaces de tener derechos y obligaciones, pero que, a
En una primera etapa la persona moral o jurídica se formaba sin intervención de los poderes públicos, pero ya
en época republicana, fue necesaria la mediación del Estado para su creación.
Es así como se establece que
concedida por una ley, un senadoconsulto o una constitución imperial
la persona moral no podrá existir más que en virtud de una autorización.
La autorización legal
apuntaba a un fin de utilidad común, o
los particulares
para crear a la persona jurídica podía ser otorgada de forma general cuando aquéllabien, de forma especial, cuando se creaba a beneficio exclusivo de.
Aparte de un nombre, toda persona moral tiene un patrimonio propio; es decir:
·
bienes
·
créditos
·
deudas,
·
y un domicilio.
En el Derecho Romano existieron 2 clases de personas morales:
·
las asociaciones
·
las fundaciones
Las asociaciones consistían en la reunión de varias personas físicas, las fundaciones consistían en la
afectación de patrimonios.
ASOCIACIONES:
Son la
reunión de varias personas físicas para lograr un fin común.
Para que esta reunión fuera reconocida por la ley como sujeto de derecho debía reunir los siguientes
requisitos:
·
Existencia por lo menos de 3 miembros
·
Estatuto para regir a la organización y su funcionamiento y,
Fin lícito
carácter privado como en el caso de una sociedad (societas)
, cualquiera que fuera la actividad a desarrollar: política, religiosa, cultural, profesional o de
·
FUNDACIONES:
En la actualidad se puede definir a la fundación como un patrimonio afectado o destinado a un fin
determinado
.
En Roma esta institución apenas se esbozó, y no fue sino hasta la época de Justiniano que se reconoció,
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aunque con limitaciones, la personalidad jurídica de patrimonios dedicados a fines religiosos o de
beneficencia.
Si bien para construir una asociación era necesario que se diera la existencia de varias personas,
una fundación bastaba con la voluntad de una sola persona que dispusiera la afectación del patrimonio
para la realización del fin deseado.
en el caso de

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